| Nombre del trámite, servicio o beneficio | En qué consiste | Requisitos | Documentos requeridos | A quién está dirigido | Trámites a realizar y/o etapas | ¿Dónde se realiza? | Tiene costo | Unidad monetaria | Valor del servicio | ¿Este trámite está disponible en línea? | Enlace al trámite en línea, si corresponde | Enlace a mayor información |
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| SALDO INSOLUTO | Son los valores de la correspondiente prestación que el beneficiario no alcanzó a percibir al producirse su fallecimiento y que le corresponden a la persona que la Ley señala: Los herederos del causante. Estos pueden sucederlo mediante un testamento y a falta de éste, de acuerdo a las normas sobre Sucesión Intestada señaladas en el Código Civil. | Existencia de valores no cobrados por el imponente o pensionado. | Certificado de defunción del causante. Certificado de matrimonio con fecha posterior a la defunción. Certificado de nacimiento de los hijos con nombre de ambos padres. Fotocopia carnet de identidad de todos los beneficiarios. Liquidación de pago de la última pensión. Carta poder para tramitar, cobrar y percibir saldo insoluto si hay más de un heredero, ante el asistente social de la sucursal, centro de atención o notaría | A los herederos del causante. | Solicitud, tramitación, pago del beneficio | En los Centros de Atención del IPS | No | Pesos | Sin costo asociado | No | ver enlace | |
| CERTIFICADO DE IMPOSICIONES | Es un documento que indica los períodos cotizados en alguna de las ex Cajas de Previsión que integran el IPS y puede ser solicitado por cualquier imponente, en cualquier sucursal o centro de atención del IPS ex INP, a lo largo del país. También se puede pedir en cualquier IPS móvil o en www.ips.gob.cl | Cotizar o haber cotizado en una ex Caja de Previsión | Cédula de identidad - Libreta de imposiciones si la tiene en su poder - Cualquier otro antecedente que pruebe su relación laboral | A los imponentes o ex imponentes del IPS ex INP | Solicitud - Tramitación - Emisión del certificado | En los Centros de Atención del IPS | No | Pesos | Sin costo asociado | No | ver enlace | |
| ALZAMIENTO DE HIPOTECAS EN VIVIENDAS ADQUIRIDAS A LAS EX CAJAS DE PREVISIÓN | Consiste en el alzamiento de las hipotecas y prohibiciones constituidas a favor de las ex Caja de Previsión. | Haber comprado una vivienda a una ex Caja de Previsión | * El Certificado de Hipotecas, Gravámenes y Prohibiciones otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente a la ubicación de la vivienda. * Copia de la Escritura de Compraventa o Mutuo Hipotecario por la cual se adquirió el inmueble. | A las personas que adquirieron una vivienda a una ex Caja | Solicitud - Tramitación - Alzamiento de hipoteca | Región Metropolitana Huérfanos N° 886, 2° piso, Subdepto. Inmobiliario, Santiago. Otras Regiones Dirección regional o Centro de atención del Instituto de Previsión Social, IPS ex INP, más cercano al domicilio del deudor. | No | Pesos | Sin costo asociado | ver enlace | ||
| SEGURO DE VIDA CANAEMPU - PÚBLICO | Es una prestación en dinero para los beneficiarios de los imponentes, activos o jubilados, que hayan fallecido. Su monto equivale a 18 veces el promedio de las últimas 36 remuneraciones imponibles o pensiones, según corresponda. | Ser viuda o viudo inválido, o hija de cualquier edad o hijo menor de edad o inválido de un ex imponente de la ex Caja | 1. Certificado de defunción del causante. 2. Certificado de matrimonio con fecha posterior a la defunción. 3. Certificado de nacimiento de los hijos con derecho, incluído el nombre de ambos padres. 4. Fotocopia carnet de identidad de todos los beneficiarios, por ambos lados. 5. Declaración jurada ante asistente social del IPS o notaría que acredite que son los únicos beneficiarios. 6. Certificado de nacimiento del viudo mayor de 55 años. | A la viuda o al viudo inválido, o hija de cualquier edad o hijo menor de edad o inválido, o hermana en caso de ausencia de los anteriores de un ex imponente de la ex Caja | Solicitud - Tramitación - Pago del beneficio | En los Centros de Atención del IPS | No | Pesos | Sin costo asociado | No | ver enlace | |
| AUTORIZACION IMPONENTE VOLUNTARIO EX SERVICIO SEGURO SOCIAL | Es la autorización otorgada por el Instituto de Previsión Social a ex imponentes de ex Cajas para continuar cotizando en el IPS como imponente voluntario | Haber cotizado en ex Caja SSS y cumplir con los requisitos propios de ésta | a. No estar afectos a otro régimen de previsión. b. No percibir una renta anual total superior a tres ingresos mínimos. c. Registrar un mínimo de 200 semanas de imposiciones. Para configurar este requisito procede computar imposiciones enteradas en otras ex cajas de previsión, siempre y cuando las últimas cotizaciones hayan sido efectuadas en el régimen de la Ley Nº 10.383 o, a lo menos, se acredite -mediante la respectiva inscripción- que su última caja de afiliación fue el ex Servicio de Seguro Social. d. No gozar de pensión otorgada por el ex Servicio de Seguro Social. e. Solicitar la incorporación como imponente voluntario y ser autorizado en tal calidad por el IPS. | A ex imponentes de ex Cajas | Solicitud, tramitación, autorización del beneficio | En los Centros de Atención del IPS | No | Pesos | Sin costo asociado | No | ver enlace | |
| PENSION DE VIUDEZ BENEFICIARIOS LEY VALECH | Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal. | Ser viuda o viudo inválido de un beneficiario de la Ley Valech | Certificado de matrimonio con inscripciones y sub inscripciones emitido en el mes de la presentación de la solicitud Certificado de Defunción del cónyuge y fotocopia de la cédula de identidad válida de la interesada, autentificada conforme a procedimientos vigentes. En el caso de ser viudo inválido, el certificado de declaración de invalidez de la Compin | A la cónyuge sobreviviente de los beneficiarios de la pensión establecida en el artículo 1° de la ley Nº 19.992 y a la cónyuge sobreviviente de quien, habiendo sido individualizado en el "Listado de prisioneros políticos y torturados", no hubiere percibido la pensión por un hecho no imputable a su persona. | Solicitud - Tramitación - Pago del beneficio | En los Centros de Atención del IPS | No | Pesos | Sin costo asociado | No | ver enlace | |
| Pensión para menores de edad o nacidos en prisión reconocidos por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y tortura. | Es un beneficio monetario mensual, de cargo fiscal. | Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres", individualizados en la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forman parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. | Certificado de Matrimonio con inscripciones y sub inscripciones emitido en el mes de la presentación de la solicitud Certificado de Defunción del cónyuge y fotocopia de la cédula de identidad válida de la interesada, autentificada conforme a procedimientos vigentes. | A las personas que, a la fecha se encuentren individualizadas en el Anexo "Menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres", de la Nómina de Personas Reconocidas como Víctimas, que forman parte del Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura. | Solicitud - Tramitación - Pago del beneficio | En los Centros de Atención del IPS | No | Pesos | Sin costo asociado | No | ver enlace |